Adición y modificación de monto en proceso cobratorio contra Erick Manuel Díaz Hernández (Resolución N° 0391-2026 AJ-SPCA)
La resolución publicada ordena notificar por edictos en La Gaceta, porque no fue posible notificar personalmente en el domicilio conocido.
La decisión principal es adicionar y modificar el monto intimado en el Auto de Apertura del subproceso. El nuevo monto a cobrar queda fijado en ₡917.349.83. Ese total se integra con una lista de conceptos y valores que la resolución incorpora como elementos probatorios y que se detallan en el expediente. Entre esos elementos probatorios la resolución incorpora: el Oficio N°MSP-DM-DVA-DGAF-DRH-DRC-UR-4854-04-2026, del 29 de abril del 2026; boletas de cálculo de baja (folios indicados); un listado de rebajas correspondiente a la primera quincena de marzo del 2026 según Oficio N°MSP-DVA-DGAF-DRH-DCODC-SAR-293-2026; y el Oficio N°MSP-DM-DVURFP-DGFP-DRCH-D49-TH-1207-12-2025, del 08 de diciembre del 2025. La resolución dice que esos documentos corresponden a un “Cobro de Incapacidades no deducidas” y los tiene incorporados como elementos probatorios.
La resolución incluye en el monto varios bienes y conceptos identificados con sus valores en colones. Entre ellos están piezas de herramientas y equipos (por ejemplo, “Pie de rey de 12” pulgadas en aluminio 170 042,40”, “1 estuche plástico color negro con 88 332,10”, varios juegos de cubos y llaves con sus valores parciales, una gata roja por 60 000,00, entre otros) y registros de permisos o ausencias sin goce salarial descontados en fechas específicas con sus valores (por ejemplo, “08 horas de Permiso sin goce salarial no deducido del día 24 de enero del 2025. 17 233,51”, y otras fechas y montos). El documento presenta el desglose con los montos parciales que suman el total de ₡917.349.83.
La resolución mantiene incólume lo demás de la resolución adicionada (la Resolución N°0335-2026 AJ-SPCA, del 06 de mayo del 2026), y concede nuevamente a la persona afectada un plazo de 15 días hábiles posteriores a la notificación de la presente Resolución para presentar cualquier oposición al cobro del monto adicionado.
El expediente será instruido por la Asesora Legal Licda. Xinia Sandoval Ugalde; la resolución proporciona teléfonos 2600-4285, 2600-4846 o 2600-4284 y el correo electrónico cobros@msp.go.cr como medios de contacto. La publicación se realiza porque no fue posible notificar según el acta visible a folio 72; por eso ambas resoluciones se publican en La Gaceta.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.