Constancia notarial de modificación de cláusulas de ECO MIND SOCIEDAD ANÓNIMA
El documento notarial público deja constancia de que, mediante la escritura número ciento tres del tomo tercero del Protocolo del Notario, se protocolizó el Acta número nueve de la Asamblea de Accionistas de la sociedad ECO MIND SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos dieciocho mil setenta y ocho. En esa acta se acordó modificar el pacto constitutivo en las cláusulas “Denominación Social” y “Domicilio” e incorporar como domicilio electrónico la dirección notificaciones@krestoncostarica.com.
El acto (la escritura que protocoliza el Acta número nueve) fue otorgado a las diez horas con treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiséis. La constancia notarial está fechada en San José, diecisiete de junio de dos mil veintiséis. El registro identificado en la publicación es ( IN202601115672 ).
La constancia la firma el Notario Público Lic. Carlos Eduardo Astorga Cerdas. El texto indica que la incorporación del domicilio electrónico se hizo conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.
La evidencia aporta literalmente que se modificaron las cláusulas “Denominación Social” y “Domicilio” y que se incorporó como domicilio electrónico la dirección notificaciones@krestoncostarica.com. La publicación no reproduce la nueva redacción completa de la cláusula de Denominación Social ni del texto íntegro del domicilio físico. Por tanto, con la evidencia disponible no puede afirmarse cuál es la nueva denominación social completa ni el domicilio físico exacto después de la modificación; sí consta la dirección electrónica señalada.
El texto es una constancia notarial registrada en La Gaceta (Imprenta Nacional). Registra la protocolización del acta de la asamblea en el protocolo del notario según la escritura y la fecha indicadas.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.