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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Regulacion

Registro notarial de correo electrónico de sociedad anónima

Se dejó constancia en una escritura pública de la inscripción de un correo electrónico que se atribuye a la entidad denominada TRES UNO CERO UNO OCHO CINCO CINCO TRES SEIS CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA. El asiento notarial aparece en la escritura doscientos dieciocho del tomo segundo de la notaría de la firmante. El texto literal consignado en la escritura es: “se registra correo electrónico de TRES UNO CERO UNO OCHO CINCO CINCO TRES SEIS CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA, con misma cédula jurídica.” La escritura documenta la hora y fecha en que se efectuó el acto notarial: “al ser las ocho horas del veintidós de mayo de dos mil veintiséis.” El documento notarial está fechado en San José “al ser las catorce horas del doce de junio de dos mil veintiséis” y está firmado por la Notaria Pública Licda. Joenny Araya Castro. Esta constancia fue publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional), según el documento proporcionado.

Por tanto, no es posible, con la evidencia disponible, reproducir la dirección de correo ni concluir usos o efectos distintos a la mera constancia registral que figura en la escritura.

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