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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción de correo electrónico de la sociedad Arik Z Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada

el documento publicado en La Gaceta informa que, ante el notario público Oscar Venegas Córdoba y mediante escritura número ciento cincuenta y dos (visible al folio ciento cincuenta y ocho vuelto del tomo dieciocho del protocolo del notario), se ha solicitado la inscripción del correo electrónico de la sociedad Arik Z Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos- setecientos noventa y seis mil trescientos sesenta y ocho. El acto se indica como realizado en San José, primero de julio de dos mil veintiséis. El aviso incluye el identificador IN202601115590 y la anotación “1 vez.”

afecta a la sociedad identificada (Arik Z Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica citada). El texto dice que se “solicita inscripción de correo electrónico”, es decir, que se presentó una petición formal ante notario para que se inscriba un correo electrónico de la sociedad. El documento no afirma que la inscripción ya fue efectuada por la entidad que lleve el registro; solo queda constancia de la solicitud notarial publicada.

el acta notarial está descrita (escritura número ciento cincuenta y dos; folio ciento cincuenta y ocho vuelto; tomo dieciocho del protocolo del suscrito notario). La publicación consigna lugar y fecha (San José, primero de julio de dos mil veintiséis). Por lo tanto no es posible afirmar, con base solo en este aviso, que exista ya una inscripción válida ni cuáles serán sus consecuencias prácticas.

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