Registro notarial de disolución de PARQUE SOLAR HAKUNA S.A.
El texto registra, literalmente, que "no existiendo activos ni pasivos, se acuerda la disolución de la sociedad." La anotación termina con la frase "Es todo." y está fechada en San José, 18 de junio de 2026.
El acta que se protocolizó es un registro notarial que da constancia de la decisión de disolver la sociedad identificada. El documento declara la condición económica en el momento de la disolución: según el texto publicado, no había activos ni pasivos. El acta fue rubricada por el Notario Público Lic. Alejandro José Romero Fuentes, número 25677, según lo que consta en la escritura.
Por tanto, solo puede afirmarse lo que el texto contiene: la sociedad fue objeto de un acta de disolución protocolizada bajo la condición indicada.
El contenido proviene de una escritura protocolizada y aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional). La referencia oficial del documento publicado es COMP_10_09_2026.pdf en la Imprenta Nacional, con la nota identificadora (IN202601115585).
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