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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud en notaría para incorporar un correo electrónico al domicilio social de KJG CASA SANTIAGO LIMITADA

Ante la notaría se presentó una solicitud por parte del representante legal de la mercantil KJG CASA SANTIAGO LIMITADA para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.

El hecho figura mediante escritura número cuarenta y siete, visible al folio cuarenta y dos, del tomo veintitrés. En esa escritura se consignó la presentación a las trece horas, del once de agosto del dos mil veintiséis. Hay además una anotación con fecha y hora: Ciudad de Cóbano, a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del día trece del mes agosto del año dos mil veintiséis. La nota notarial está suscrita por el Notario Público Lic. Sergio José Guido Villegas y tiene la referencia interna ( IN202601115513 ).

Afecta a la sociedad KJG CASA SANTIAGO LIMITADA, cuya cédula jurídica aparece en el documento como tres- ciento dos- setecientos setenta y un mil quinientos cincuenta y nueve. El documento indica que la solicitud fue presentada por el representante legal, pero no dice el nombre del representante legal ni reproduce el correo electrónico que se pretende incorporar al domicilio social.

El texto señala que la solicitud se hizo "conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete", pero no describe los efectos legales concretos ni los pasos siguientes. A partir de esta evidencia no puede concluirse si la incorporación del correo electrónico fue aceptada por la notaría, inscrita en registros públicos, difundida o efectiva para comunicaciones oficiales. Si el texto oficial presenta alguna frase incompleta o ambigua respecto a la tramitación posterior, esa ambigüedad impide afirmar resultados o efectos más allá de la presentación documentada.

La GacetaRegulacion
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