Solicitud de registro de marca y servicios presentada por 3-102-937498 (Karol Vanessa Agüero Villalobos, apoderada)
Lo que decide o registra la fuente: la publicación es un aviso de solicitud de registro de marca y servicios; no es una concesión del registro. La solicitud pide protección para un signo tal como aparece en la petición, sin reserva de color, y describe los productos y servicios para los que se reclama la marca en cinco clases internacionales (3, 5, 10, 35 y 44). A quién afecta: a cualquier tercero que considere que la inscripción puede afectar sus derechos de marca o de otro tipo; esos terceros pueden presentar oposiciones o acciones ante el Registro dentro del plazo indicado. Qué pide el solicitante y para qué productos/servicios: en clase 3, productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería; aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; y preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar. En clase 5, productos farmacéuticos y preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario; alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos; material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas; herbicidas. En clase 10, aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura; dispositivos terapéuticos y de asistencia para personas discapacitadas; aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos de puericultura; y aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales. En clase 35, publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. En clase 44, servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y belleza para personas o animales; y servicios de agricultura, acuicultura, horticultura y silvicultura. Condiciones relevantes y límites expresados en el aviso: la solicitud se rige por el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos N° 7978, por lo que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además se indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El solicitante no reserva color en la petición (“sin reserva de color”). Fechas y plazos que constan: la fecha del documento es 26 de agosto de 2026; la solicitud fue presentada el 19 de junio de 2026. El edicto cita a terceros interesados para hacer valer sus derechos dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Qué no dice el aviso o qué no puede concluirse de él: el aviso no concede la marca; solo publica la solicitud para que terceros puedan oponerse.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.