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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Trabajo

Solicitud de inscripción de marca para software de inteligencia artificial (Solicitud Nº 2026-0009627)

La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0009627 presentada por María De La Cruz Villanea Villegas, en calidad de Apoderado Especial de Anthropic, PBC, con domicilio en 548 Market Street PMB 90375, San Francisco, California 94104, United States, Estados Unidos de América. La solicitud fue presentada el 5 de agosto de 2026 y fechada el 7 de agosto de 2026. El aviso fue registrado con la referencia interna IN202601120397 y firmado por Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).

La petición es para inscribir como Marca de Fábrica y Comercio el signo en la clase internacional 9. En esa clase se busca proteger, tal como se describe en la solicitud, los siguientes productos y servicios: software informático descargable consistente en un modelo de inteligencia artificial destinado a realizar tareas de IA de generación de texto y de procesamiento del lenguaje natural; software descargable en forma de aplicación móvil que incorpora ese modelo de inteligencia artificial para redactar contenidos basados en un tema, resumir textos, responder a preguntas sobre documentos y simular conversaciones naturales; publicaciones electrónicas descargables en forma de artículos, trabajos de investigación, informes y boletines informativos en los campos de la inteligencia artificial, la informática y el diseño y desarrollo de software informático; y software descargable para su uso como una interfaz de programación de aplicaciones (API).

La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, el edicto indica que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.”

Se cita a terceros interesados para que, si estiman que la solicitud afecta sus derechos, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para efectos de publicación, el aviso atiende lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

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