Solicitud de registro de marca (Clase 21) presentada por Florence Industrial E Comercial Ltda.
se ha publicado en La Gaceta la Solicitud Nº 2026-0007942 para inscribir una marca de comercio en la clase internacional 21. La publicación informa que se trata de una solicitud (no de una aprobación definitiva) presentada a este Registro y da detalles sobre la marca que se pretende inscribir, las mercancías que cubriría, las reservas de colores y plazos para que terceras personas presenten oposiciones.
la petición fue presentada por Ana Laura Cubero Rodríguez, en calidad de apoderado especial de Florence Industrial E Comercial Ltda., con domicilio en Estrada Dos Estudantes, 910 A - Granja Viana II - Cotia/SP - Zip Code: 06707-050, Brasil. La solicitud fue presentada el 29 de junio de 2026 y figura con fecha 30 de junio de 2026 en la publicación.
la marca se solicita para productos encuadrados en la clase 21 (según la clasificación internacional). La lista de productos indicada en la solicitud incluye: cepillos para el pelo; estuches para peines; peines; cepillos eléctricos (excepto las piezas de máquinas); peines eléctricos; cepillos para cejas; cepillos para pestañas; cerdas para cepillos; peines de púas anchas; materiales para la fabricación de cepillos; cepillos para uñas; cepillos de baño; cepillos de dientes; cepillos de dientes eléctricos.
la solicitud reserva los colores blanco, negro y gris. Además, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección solicitada se limita a la representación tal como fue presentada. La publicación también cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos señalando que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.
la publicación notifica que se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para efectos de publicación se indica tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. La registradora que firma la publicación es Ivonne Mora Ortega. La publicación aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional), con referencia interna (IN202601118598) y enlace al documento en la página de la Imprenta Nacional.
la pieza es una solicitud publicada; no contiene una resolución de concesión de marca. El texto señala expresamente que la protección será “tal y como aparece en la solicitud” y recuerda la limitación del art. 28 sobre elementos de uso común o necesario, por lo que la protección solicitada no alcanza esos elementos según ese precepto. La publicación fija el mecanismo y plazo para que terceros hagan valer sus derechos, pero no declara si la marca será finalmente registrada: esa decisión no está en este documento.
presentada 29 de junio de 2026; fecha de la solicitud y de la publicación indicada: 30 de junio de 2026.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.