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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Salud

Solicitud de registro de marca MOVIRA (clase 5) presentada por Best Trade International Inc.

Se publicó en La Gaceta una solicitud (Solicitud N° 2026-0009879) para inscribir la marca MOVIRA como marca de fábrica y comercio. Esto es una solicitud pública ante el Registro de Marcas; no es una inscripción definitiva ni una concesión. Quién presenta la solicitud: Adriana Calvo Fernández, en calidad de apoderado especial de Best Trade International Inc., con domicilio en Ciudad de Panamá, República de Panamá. Qué se solicita proteger: La marca es MOVIRA y se pide protección en "clase(s): 5. Internacional(es)." El texto declara que, en la clase 5, la protección se solicita para: "Productos farmacéuticos, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebe; complementos alimenticios para personas; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales." Reservas y alcance de la protección: La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que indica que "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." Además, se cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos y su texto: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio"; esto condiciona el alcance de la protección en casos de marcas compuestas por elementos de uso común. Fechas y plazos relevantes: La solicitud fue presentada el 11 de agosto de 2026 y figura con fecha 17 de agosto de 2026. El edicto cita a terceros interesados para que defiendan sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes al contar desde la primera publicación de este edicto. Publicación y referencia: El aviso aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional); se pide tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación. Registro y referencia interna: El texto incluye la anotación del Registrador(a) Richard Valerín Castro y el código interno ( IN202601117035 ). Qué significa en la práctica: La institución registra públicamente que existe esta solicitud y abre un plazo de oposición de dos meses desde la primera publicación. La publicación no constituye otorgamiento de la marca; permitirá a terceros presentar oposiciones si consideran que la solicitud afecta sus derechos. Si la marca fuera una etiqueta compuesta por elementos comunes, según el artículo 28 la protección no alcanzaría a esos elementos de uso común o necesario en el comercio.

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