Solicitud de registro de la marca de servicios «LA JORNADA FUTV» (Solicitud N° 2026-0007520)
Se publicó en La Gaceta la Solicitud N° 2026-0007520, presentada para inscribir como marca de servicios el signo: LA JORNADA FUTV.
El domicilio consignado es: Mata Redonda, cien metros al norte del Oficentro Torre La Sabana, San José, Costa Rica.
Se solicita la inscripción de LA JORNADA FUTV como marca de servicios en la clase(s): 41. Internacional(es). En la clase 41 la solicitud describe los servicios que pretende distinguir con la marca: "Servicios de entretenimiento; servicios de producción de programas de televisión, programas televisivos; servicios de producción de programas de televisión de noticias, eventos deportivos, eventos educativos; servicios de producción de programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de programas de televisión abierta o por suscripción." Esos son los servicios expresamente indicados en el aviso.
En el formulario consta la Fecha: 26 de junio de 2026 y la presentación fue el: 19 de junio de 2026. El edicto señala que se cita a terceros interesados para que "defendan sus derechos" ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
El aviso incluye la siguiente reserva: "De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud." También indica que "Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica ‘Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio’." Esas frases están en el texto y limitan la protección reclamada: la protección será según la forma solicitada y, si la marca fuera una etiqueta compuesta, no abarcará elementos de uso común o necesarios en el comercio según el artículo citado.
El edicto invita a terceros interesados a ejercer sus derechos ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación.
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