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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción como Marca de Servicios (Clase 44) presentada el 21 de agosto de 2026

La Gaceta publica que se presentó una solicitud de inscripción como Marca de Servicios con número 2026-0010429. El solicitante es Brandon Steven Prado Zamora, representado por María Del Rocío Quirós Arroyo (Apoderado Especial). La solicitud fue presentada el 21 de agosto de 2026 y fechada el 27 de agosto de 2026. La marca se solicita para proteger y distinguir servicios clasificados en la clase internacional 44. En esa clase, la solicitud describe expresamente estos servicios: servicios de arte floral; elaboración y diseño de arreglos florales; confección de coronas y composiciones florales; diseño de decoraciones florales para eventos; servicios de floristería; y asesoramiento en materia de arreglos y decoración floral.

La publicación actúa como un edicto que cita a terceros interesados a defender sus derechos ante el Registro. Los terceros que consideren que la solicitud afecta sus derechos tienen un plazo de dos meses, contados desde la primera publicación de este edicto, para presentar lo que corresponda ante el Registro. La Gaceta indica que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Además, la solicitud contiene una reserva sobre la forma de protección: conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”.

la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), que establece que cuando una marca consiste en una etiqueta u otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. La Registraduría que expidió el edicto figura con el nombre Richard Valerin Castro, Registrador(a), y el aviso tiene referencia interna IN202601122936.

si la marca ya fue examinada y calificada por el Registro, si existe oposición concreta presentada hasta la fecha, ni la imagen, diseño o texto exacto del signo que se pretende registrar (la publicación solo indica que el signo “se protegerá tal y como aparece en la solicitud”). Si el texto de la solicitud contiene una representación gráfica de la marca, esa representación no se reproduce en este edicto. Dado lo anterior, no puede concluirse a partir de este aviso si la marca será finalmente registrada ni cuándo se resolverá el expediente; solo se comunica la presentación de la solicitud y las condiciones formales mencionadas.

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