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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Tarifas y servicios publicos

Solicitud de registro de la marca CROPLINX presentada por Katana Agrociencias Costa Rica S. R. L.

La solicitud pide inscribir CROPLINX como Marca de Comercio y Servicios en las clases internacionales 9 y 42. La publicación cita fechas: la solicitud fue presentada el 7 de agosto de 2026 y figura con fecha 11 de agosto de 2026 para fines de esta publicación.

En la clase 9 se solicita proteger una lista amplia de bienes: “Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales Ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación acumulación, regulación o control de la distribución o del consumo de electricidad: aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; archivos multimedia grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador; trajes de buceo máscaras de buceo tapones para los oídos para buceo, pinzas nasales para submarinistas, guantes de buceo, aparatos de respiración para la natación subacuática; extintores.” En la clase 42 se pretende proteger “Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño conexos; servicios de análisis industrial, investigación industrial y diseño industrial; control de calidad y servicios de autenticación; diseño y desarrollo de hardware y software, Muestreo de suelos para analis.” (texto reproducido tal como aparece en la solicitud).

La solicitud incluye una reserva expresada así: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, el aviso indica que “A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.” También menciona el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos en la frase: “Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica ‘Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio’.”

El Registro cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, quienes consideren que la solicitud afecta sus derechos disponen de ese plazo para presentar lo que proceda ante este Registro, según el aviso.

La publicación reproduce exactamente algunos fragmentos con errores tipográficos y frases truncas (por ejemplo: “analis.” al final de la descripción de la clase 42, y la expresión “Tipo representante desconocido” frente a la identificación de la representante). No es posible, con la sola evidencia, corregir o completar esos textos.

La GacetaTarifas y servicios publicos
Respaldo oficial

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