Solicitud de registro de marca “Pegarock” presentada por International Tek Brands INC.
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0005555, en la que International Tek Brands INC., con domicilio en Ciudad de Panamá, Calle Aquilino de La Guardia NO. 8, Panamá, solicita la inscripción de la marca Pegarock como marca de fábrica y comercio en la clase 1 (clasificación internacional). La publicación aparece como aviso en La Gaceta y contiene los datos y condiciones que se indican a continuación.
Se solicita protección para el signo Pegarock en la clase 1 para distinguir los siguientes productos: “Adhesivos (pegamentos) para uso industrial; pegamentos para calzado; pegamentos para la industria de la construcción; cemento adhesivo. (Productos de gran resistencia).” La solicitud incluye la reserva, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, de que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.”
La solicitud fue presentada el 12 de mayo de 2026 y la fecha que figura en el edicto es 14 de mayo de 2026. El edicto indica la fecha 14 de mayo de 2026 como referencia de publicación.
Se cita a terceros interesados para que, si consideran que tienen derechos que pueden verse afectados por esta solicitud, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. El aviso señala que la publicación se realiza a efectos de lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
El edicto reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Ese párrafo se incluye en el aviso como límite aplicable: según la ley transcrita en el edicto, los elementos de uso común o necesario en el comercio no quedan protegidos por la marca cuando formen parte de una etiqueta o conjunto de elementos.
El aviso está firmado por Milena Marín Jiménez, Registrador(a), y contiene el código interno IN202601121393.
La protección solicitada se limita a la forma tal como aparece en la solicitud (reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978). Además, el artículo 28 transcrito establece un límite legal sobre la extensión de protección respecto de elementos de uso común o necesario en el comercio. El edicto fija el plazo de dos meses desde la primera publicación para que terceros defiendan sus derechos ante el Registro.
Quienes crean tener derechos que la solicitud pueda afectar deben presentar ante el Registro las acciones o pruebas que correspondan dentro del plazo de dos meses contados desde la primera publicación del edicto.
Esta explicación se basa exclusivamente en el contenido del edicto publicado en La Gaceta con referencia IN202601121393. No se han añadido datos externos ni interpretaciones que no estén sustentadas por el texto que contiene la publicación.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.