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Publicación oficial detectada10 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de marca Nº 2026-0010083 para software y servicios relacionados (clases 9 y 42)

La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0010083, presentada para inscribir como Marca de Comercio y Servicios un signo que pretende proteger productos y servicios vinculados con software e inteligencia artificial en las clases internacionales 9 y 42. Esta publicación es un edicto del Registro de Marcas que cita a terceros interesados a presentar defensa de sus derechos dentro del plazo indicado en la misma publicación.

El domicilio que figura para Alejandro Sanchez Suarez es Heredia: Santa Barbara, San Juan. Condominio Malaga. casa 118., Heredia, Costa Rica. Estos son los nombres, calidades y domicilios tal como aparecen en la publicación.

En la clase 9 la solicitud pretende cubrir: “Programas informáticos descargables; software descargable; aplicaciones informáticas descargables; software de inteligencia artificial descargable; plataformas de software, grabadas o descargables.” En la clase 42 pretende cubrir servicios descritos así: “Desarrollo de software; programación informática; diseño de software; diseño de sistemas informáticos; actualización de software; mantenimiento de software; control de calidad de software; análisis de sistemas informáticos; consultoría sobre software; consultoría sobre tecnología informática; consultoría tecnológica; consultoría sobre inteligencia artificial; implementación de soluciones basadas en inteligencia artificial; auditoría técnica de software; software como servicio (SaaS); plataforma como servicio (PaaS).” Estos textos son los que la solicitud declara querer proteger y distinguir.

La solicitud registra la representación en blanco y negro (Reserva: Blanco y negro). Además indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” También incluye la cita del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos (Ley 7978): “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa cita aparece en la publicación como limitación legal expresada por el propio edicto.

El edicto cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro “dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” La publicación consignada en el texto es Fecha: 25 de agosto de 2026; la solicitud fue presentada el 14 de agosto de 2026 y para efectos de publicación se pide tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. El Registro responsable que firma el edicto se identifica como Ildreth Araya Mesen y el expediente aparece con código ( IN202601121066 ).

La explicación anterior reproduce las palabras, fechas, nombres, cifras y frases tal como aparecen en la publicación de La Gaceta. Si la publicación contiene repeticiones, formatos o frases confusas en los datos de cédula o en la redacción, esta explicación no corrige ni sustituye esos detalles: se informa exactamente lo que está en el texto difundido. No se agregan ni se infieren obligaciones, efectos o trámites posteriores distintos de los expresados por la propia publicación.

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Respaldo oficial

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