Solicitud de registro de marca N° 2026-0007194 presentada por Beneficio La Eva
La solicitud pide protección del signo tal como aparece en la petición, y reserva los colores blanco, rojo, verde, azul y negro. La referencia de la publicación oficial es La Gaceta (Imprenta Nacional). Fecha consignada en el aviso: 24 de agosto de 2026. Presentada el: 15 de junio de 2026.
La solicitud declara proteger productos y servicios en las clases internacionales 30; 35; 36; 39; 41 y 43, con el detalle que sigue. Clase 30: chocolates; repostería; cacao; confitería; café de especialidad; chocolates de especialidad. Clase 35: tienda; comercialización física y en línea; comercialización minorista; venta de souvenirs; venta de productos gourmet. Clase 36: desarrollo inmobiliario; alquiler; administración inmobiliaria; alquiler de residencias de lujo; condominios; bienes raíces de hospitalidad. Clase 39: organización de tours; transporte turístico; excursiones; reservas turísticas. Clase 41: entretenimiento; eventos culturales; talleres; educación; academia de café; cursos; museo; experiencias turísticas; visitas guiadas; actividades recreativas; conciertos; festivales. Clase 43: hotelería; hospedaje; restaurante; cafetería; tienda de productos de café; catering; bar; mercado gastronómico; hospedaje turístico; turismo gastronómico.
La solicitud indica que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. El aviso también incluye referencia al art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos citando: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Además se menciona que para efectos de publicación debe atenderse lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
El edicto cita que se “cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.” Eso es el plazo que el propio aviso establece para que terceros actúen si consideran afectados sus derechos.
El texto en la evidencia es la solicitud y describe las bienes y servicios solicitados, las reservas de colores y las referencias legales citadas. Si alguna frase del documento oficial fuera incompleta o ambigua, la explicación anterior se limita a lo textual que figura en la evidencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.