Solicitud de registro de la marca de servicios “Triton” (clase 44)
Se publicó una solicitud de inscripción de marca presentada por María De La Cruz Villanea Villegas, quien actúa como Apoderado Especial de Laboratorios Triton Vet SRL (domicilio en Lavalle (Ex 33) 2063 Villa Maipú, Buenos Aires 1650, Argentina). La solicitud es para registrar “Triton” como marca de servicios en la clase internacional 44. El alcance que se pide proteger incluye: “Servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para animales”.
La solicitud fue presentada el 11 de mayo de 2026 y la fecha que consta en el documento es 6 de agosto de 2026. En la publicación se cita a terceros interesados para que puedan hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La solicitud indica además una reserva expresando que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”.
El edicto señala que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que contiene la regla: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. También se hace referencia a tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de publicación. El Registrador que firma la nota es Bernard Molina Alvarado y el expediente aparece identificado como IN202601120373.
la administración está recibiendo y publicando formalmente la solicitud de registro de la marca “Triton” para servicios veterinarios y tratamientos de higiene y belleza animal. A partir de la primera publicación de este aviso existe un plazo de dos meses para que terceros presenten oposiciones o reclamen derechos ante el Registro, plazo que corre desde esa primera publicación. La protección solicitada será tal como aparece en la solicitud, salvo lo dispuesto por la regla citada del artículo 28 de la Ley, que limita la extensión de la protección respecto de elementos que sean de uso común o necesario en el comercio.
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