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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Protocolización de acta que acuerda la disolución de GRUPO CONSULTOR DE COSTA RICA SIBAJA Y JIMENEZ S. A.

Ante la notaría, mediante escritura número 135, se protocolizó el acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de GRUPO CONSULTOR DE COSTA RICA SIBAJA Y JIMENEZ S. El acto quedó registrado al folio 134 vuelto del tomo uno, a las 17 horas y 32 minutos del 22 de junio de 2026; la escritura se cerró en la misma notaría a las 17 horas y 48 minutos del 22 de junio de 2026. La notaria que protocolizó el documento es la LICDA. NATALIA MARÍA RIVERA GUTIÉRREZ, NOTARIA PÚBLICA. Esta información se publicó en La Gaceta (Imprenta Nacional).

La decisión consignada en el acta es que la sociedad se disuelve. Además, los socios solicitaron al Registro de Personas Jurídicas que "se prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse satisfechos los intereses del Fisco." Es decir, el acta pide que no se nombre un liquidador porque, según lo declarado en el acta, la sociedad no tiene bienes ni deudas y no habría obligaciones fiscales pendientes.

Lo que consta en este documento es la protocolización del acuerdo de los socios y la petición dirigida al Registro de Personas Jurídicas. El texto publicado no es una inscripción registral ni una resolución del Registro; no muestra si el Registro aceptó o rechazó la solicitud ni si la sociedad ya aparece como disuelta en los registros oficiales.

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