Reforma acordada de la cláusula décima (capital social) de SISTEMAS LOGÍSTICOS Y CORPORATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Esa decisión fue protocolizada en escritura pública identificada como escritura 55-1.
El acuerdo de la Asamblea fue protocolizado en escritura pública otorgada por los notarios Johan Alberto Anzora Solano y David Arturo Campos Brenes a las 11:15 horas del 19 de junio del 2026. En el documento publicado consta la mención “San José, 22 de junio de 2026” y el aviso en La Gaceta incluye el código ( IN202601116091 ). La fuente oficial de esta información es La Gaceta (Imprenta Nacional), según la evidencia proporcionada.
La evidencia indica únicamente que se acordó reformar la cláusula décima de la escritura constitutiva, vinculada al capital social. No se incluye en el texto publicado el contenido nuevo o modificado de esa cláusula; por lo tanto, con la evidencia disponible no puede afirmarse cuál es la modificación concreta al capital social (por ejemplo, montos, participación, aumento, reducción, nuevas clases de acciones u otras condiciones).
La decisión fue adoptada en una Asamblea General Extraordinaria y quedó formalizada mediante escritura pública (protocolo del acta). La protocolización es la formalización notarial del acuerdo adoptado en la asamblea; la evidencia muestra que ese acto notarial se realizó en la fecha y hora indicadas por los notarios mencionados.
Existe un acuerdo societario formalizado para modificar la cláusula décima de la escritura constitutiva (tema: capital social) de SISTEMAS LOGÍSTICOS Y CORPORATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA, protocolizado mediante escritura 55-1. La evidencia es incompleta respecto al contenido de la reforma y, por eso, no permite describir los cambios concretos en el capital social ni sus efectos prácticos.
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