Acta protocolizada de Asamblea Extraordinaria de Mis Sueños del Sur S.A.: reforma de la cláusula 8 y agregado de correo electrónico
En ese acta se acordó: (1) reformar la cláusula octava del pacto constitutivo relacionada con la representación judicial y extrajudicial de la compañía; y (2) incluir la cuenta de correo electrónico en cumplimiento de la Ley 10597.
la protocolización aparece registrada en folio cuarenta y tres vuelto, del tomo nueve; la anotación indica que la escritura se otorgó a las once horas treinta minutos del día diecinueve de junio del año dos mil veintiséis. El documento publicado en La Gaceta está fechado en San José, 22 junio 2026, y trae la referencia de la notaría y la escritura (Escritura número ochenta y dos).
afecta a la sociedad identificada como Mis Sueños del Sur S.A. y a su pacto constitutivo. También se acuerda la inclusión de una cuenta de correo electrónico para la sociedad en cumplimiento de la Ley 10597; la evidencia no muestra cuál es la dirección de correo electrónico incluida ni especifica para qué trámites o comunicaciones se usará exactamente.
el documento publicado en La Gaceta certifica que la asamblea adoptó los acuerdos y que el acta fue protocolizada en notaría. Por tanto, no es posible concluir, a partir de esta evidencia sola, quiénes quedan como representantes judiciales o extrajudiciales concretos, qué poderes nuevos o restricciones se establecen, ni desde cuándo se hará uso del correo electrónico en los trámites. Si el lector necesita esos detalles, deberán consultarse los instrumentos completos (la escritura protocolizada o el texto íntegro del pacto constitutivo actualizado) o solicitar información adicional a la sociedad o a la notaría.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.