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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud presentada en notaría para incorporar un correo electrónico al domicilio social de LV SUMMERWOOD (CARRILLO) LIMITADA

Ante la notaría indicada se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad LV SUMMERWOOD (CARRILLO) LIMITADA.

El texto oficial señala que "Ante esta notaría, mediante escritura número ciento quince, visible al folio ciento tres vuelto, del tomo diez, a las diez horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad LV SUMMERWOOD (CARRILLO) LIMITADA, cédula jurídica número TRES- CIENTO DOS- QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y SEIS, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete." La nota incluye además la indicación: "Puerto Carrillo de Hojancha, Guanacaste, diecinueve de junio del año dos mil veintiséis. Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601115925 )."

A la sociedad LV SUMMERWOOD (CARRILLO) LIMITADA, identificada con la cédula jurídica TRES- CIENTO DOS- QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y SEIS. Quien actuó fue la persona que la evidencia describe como "Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma" de esa sociedad.

La evidencia documenta la presentación de una solicitud ante la notaría en la fecha y hora indicadas y con los datos de la escritura, folio y tomo. Por tanto, no se puede afirmar que el domicilio social haya quedado modificado ni que exista una anotación registral que lo confirme.

Si hubiera que conocer el resultado legal (si el correo fue incorporado efectivamente al domicilio social), sería necesario revisar documentación adicional o registros que no están incluidos en esta evidencia.

La GacetaRegulacion
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