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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Modificación de la cláusula séptima (representación) de CCP CINCINNATTI CORPORATION AND PARTNERS SOCIEDAD ANÓNIMA

Se protocolizó un Acta de Asamblea General de la sociedad denominada CCP CINCINNATTI CORPORATION AND PARTNERS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos ochenta y cuatro mil novecientos dos. El acta consta en la escritura pública 141-2, del tomo 2 del protocolo del notario indicado. La publicación del aviso ocurrió el 18/06/2026 en La Gaceta (Imprenta Nacional) y el identificador que figura en la evidencia es ( IN202601115908 ).

La decisión registrada es la modificación de la cláusula séptima del estatuto social, cuya materia es “De la representación”. El texto que se protocolizó dice: “La representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponderá al presidente, quienes tendrán facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma asimismo podrá otorgar poderes de toda clase.”

1) la representación judicial y extrajudicial de la sociedad se atribuye al presidente; 2) se dispone que quienes (la redacción usa “quienes”) tendrán “facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma”; 3) se agrega que asimismo podrá otorgar poderes de toda clase. Esas frases aparecen tal cual en el acta protocolizada.

mezcla “el presidente” (singular) con “quienes” (plural). Por lo tanto no puede sostenerse con la evidencia disponible que la modificación otorgue esas facultades únicamente al presidente ni que las otorgue a otras personas; la redacción del documento es la que consta y esa ambigüedad debe consignarse.

La protocolización fue hecha “Ante mi Notaría, en la escritura pública 141-2, del tomo 2 de mi protocolo”. Como dato del notario que protocolizó el acta se indica: Lic. Ranmy Rafael Espinoza Cisneros, con contacto de correo ranmyespinoza@gmail.com. La publicación del aviso en La Gaceta indica que se publicó 1 vez.

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