Inscripción del correo electrónico como medio de notificación para las sociedades “Gracia, Paz y Mansedumbre S. A.” y “Kri Orore Kri S. A.”
En una escritura pública (número 95-4 del protocolo número 4) otorgada ante la notaria Tatiana María Mainieri Acuña, se registra que las sociedades mercantiles “Gracia, Paz y Mansedumbre S. A.” y “Kri Orore Kri S. A.” cumplen con la inscripción del correo electrónico como medio de notificación. Esa inscripción se hace en atención a la Directriz DPJcero cero dos-dos mil veinticinco, emitida por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional con fecha del 26 de setiembre de 2025, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del Código de Comercio. La escritura fue otorgada a las 08:00 del día 28 de mayo de 2026. El documento contiene la indicación final “Es todo.—San José, 21 de julio de 2026.” y el registro incluye el código ( IN202601115818 ).
La anotación afecta específicamente a las dos sociedades nombradas: “Gracia, Paz y Mansedumbre S. A.” y “Kri Orore Kri S. A.”. El texto indica que esas sociedades cumplen con la inscripción del correo electrónico como medio de notificación según la Directriz citada y el artículo 18 del Código de Comercio.
Según el texto, las sociedades han inscrito el correo electrónico como medio válido para notificaciones conforme a la Directriz DPJcero 02-2025 y al artículo 18 del Código de Comercio. Si se necesitara conocer la dirección de correo o las reglas prácticas, esa información no aparece en la evidencia y por tanto no puede afirmarse aquí.
La aserción se funda en la Directriz DPJcero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas (fecha: 26 de setiembre de 2025) y en lo dispuesto en el artículo 18 del Código de Comercio, según indica la escritura. La escritura tiene fecha y hora de otorgamiento: 08:00 del 28 de mayo de 2026. El alcance declarado en el documento se limita a las dos sociedades mencionadas.
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