Convocatoria de asamblea de socios para la liquidación de Magrigra Sociedad Anónima (30 de setiembre de 2026)
El liquidador de la sociedad Magrigra Sociedad Anónima convoca a los socios a una asamblea de accionistas para tratar la liquidación de la sociedad y la distribución del único bien a liquidar, que es un saldo económico a favor. La convocatoria se hace en cumplimiento del artículo 216 del Código de Comercio y según lo dispuesto en el pacto constitutivo, cláusula séptima.
Convoca el Lic. Álvaro Fco Vargas Arce, identificado con carne de colegiado 19203, en su calidad de liquidador nombrado en el Expediente Judicial 19-000908-0181-CI. El texto indica además que actúa “en sustitución de presidente del consejo de administración.”
También se convoca a “todos aquellos socios o acreedores, que se consideren como tal” para que hagan valer sus derechos.
La asamblea se celebrará en el domicilio social de la sociedad el día 30 de setiembre del año 2026, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.
El punto de la agenda es la liquidación de la sociedad y la liquidación del único bien a liquidar, descrito como saldo económico a favor. Se indica que la suma a distribuir es “la suma de un millón novecientos cincuenta y cuatro mil ciento cincuenta y un colones con cincuenta céntimos.” La distribución se hará “de acuerdo a acciones de cada socio.”
El documento refiere que, de acuerdo al expediente Judicial 19- 018067-1158-CJ, proceso de ejecución hipotecaria, se tiene saldo a favor y ese saldo es el que debe distribuirse, motivo por el cual se convoca la asamblea por el actual liquidador.
La convocatoria se hace conforme al artículo 216 del Código de Comercio y al pacto constitutivo, cláusula séptima. El texto convoca tanto a los socios nombrados como a quienes se consideren acreedores o socios, para que hagan valer sus derechos en la asamblea.
Esta convocatoria fue publicada en La Gaceta (Imprenta Nacional).
El texto proporcionado incluye los expedientes judiciales citados y la firma del liquidador.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.