Solicitud de inscripción como marca de servicios (Clase 43) para servicios de heladería
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0002162 presentada para inscribir como marca de servicios un signo destinado a identificar servicios de heladería. La solicitud fue presentada el 24 de febrero de 2026 y aparece fechada el 16 de marzo de 2026. La publicación cita disposiciones legales aplicables y convoca a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro del plazo señalado.
Se pide la inscripción como marca de servicios en la clase internacional 43. El texto descrito en la solicitud indica que la marca protegerá “Servicios de heladería consistentes en la preparación y ofrecimiento de helados en sus diferentes presentaciones, tales como conos, copas, hamburguesas de helado y otras variantes a base de helado, como parte de servicios de alimentación.”
Se consignan domicilio y otros datos de identificación tal como aparecen en la publicación.
La solicitud incluye una reserva de los colores naranja, amarillo y blanco. Según lo que reproduce el edicto, y “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978”, el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. El aviso también reproduce el contenido del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que señala: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto limita la protección frente a elementos de uso común o necesarios en el comercio cuando correspondiera.
La publicación cita que se convoca a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, la publicación abre un plazo de oposición de dos meses desde la primera publicación para quien considere que existe algún derecho previo o motivo de oposición.
El edicto registra la solicitud y los límites de protección tal como los presenta el solicitante; no contiene en sí una resolución definitiva sobre registro, ni detalles sobre examen de fondo, ni sobre concesión o rechazo. Si la representación gráfica de la marca o sus elementos fuese relevante para determinar alcances concretos de protección, esa representación no se reproduce en el texto del edicto incluido en la evidencia y, por tanto, no puede precisarse aquí.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.