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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Trabajo

Solicitud de registro de la marca WORLD LEGEND a nombre de Mastercard International Incorporated

Mastercard International Incorporated, representada por Luis Diego Acuña Vega, solicitó el registro de la marca WORLD LEGEND ante el Registro de Marcas de Costa Rica. La solicitud fue presentada el 17 de julio de 2026 y tiene fecha en el documento del 12 de agosto de 2026. La petición es para inscribir el signo tal como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978.

La solicitud pide proteger la marca WORLD LEGEND en las siguientes clases internacionales: 9; 36; 39; 41; 43; 44 y 45. El documento detalla, para cada clase, los bienes y servicios que se pretenden proteger. Entre otros, incluye en la clase 9 distintos tipos de tarjetas (tarjetas codificadas magnéticamente, tarjetas con chip de circuito integrado, tarjetas inteligentes con programación para procesar pagos, tarjetas de crédito, débito, prepago, tarjetas de valor almacenado y tarjetas portadoras de datos electrónicos). En la clase 36 se describen servicios financieros y de procesamiento de transacciones y pagos, autorización y liquidación de transacciones, servicios de conmutación para tarjetas, desembolso de efectivo por cajeros automáticos, provisión de procesamiento de pagos móviles sin contacto y consultoría relacionada. En la clase 39 se describen servicios de reserva y gestión de transporte y acceso a salas VIP y conserjería para titulares de tarjetas premium. En la clase 41 se incluyen planificación de eventos, gestión de reservas de entradas y conserjería relacionada. En la clase 43 se incluyen reservas en restaurantes y hoteles, provisión de bares y salones en forma de alojamientos temporales para titulares de tarjetas premium y conserjería. En la clase 44 se incluyen reservas para tratamientos físicos y de belleza en salones y spas y conserjería para ello. En la clase 45 se incluyen servicios de compras personalizadas, conserjería hotelera, impresión de seguridad (codificación de información de identificación en productos), supervisión de sistemas informáticos con fines de seguridad, detección de fraude en tarjetas de pago para compras en línea, e investigación y vigilancia relacionadas con el robo de identidad.

La solicitud incluye una reserva expresando que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 7978, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud". Además se indica que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuyo texto incluido en la evidencia señala: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Es decir, la protección solicitada se refiere al signo en su conjunto tal como se presentó, con la limitación legal de no extender la protección a elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la ley citada.

El edicto cita a terceros interesados a fin de que, si consideran que sus derechos pueden verse afectados, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación del aviso se realizó en La Gaceta y el documento indica que, a efectos de publicación, se tome en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. No se aportan en la evidencia más detalles sobre trámites posteriores, resoluciones del Registro o plazos adicionales; la evidencia aporta la solicitud, la fecha y la citación a terceros conforme lo señalado.

La información proviene del edicto publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional), referencia del documento público indicado en la evidencia. Esta explicación se limita a reproducir y aclarar lo que contiene esa publicación. No se infiere ni se añade información que no figure en el edicto. Si alguna parte del texto oficial resultara incompleta o pudiera prestarse a interpretaciones, la explicación se atiene a las palabras del documento y señala las limitaciones donde corresponda.

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