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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de marca N.º 2026-0000792 para fertilizantes (clase 1)

La evidencia es un aviso de solicitud de inscripción como Marca de Fábrica y Comercio identificado como Solicitud N.º 2026-0000792. La solicitud fue presentada el 23 de enero de 2026 y tiene fecha del 17 de abril de 2026. Pide registrar una marca para la clase 1 (productos químicos y fertilizantes para agricultura, horticultura y silvicultura), con la precisión de excluir abono orgánico, lixiviado de humus de lombriz o lombricompost.

La petición la presenta Néstor Morera Víquez, en calidad de Apoderado Especial de Nutriline Agro Science S. DE R.L., cuyo domicilio informado está en Carretera Alterna Celaya - Villagrán KM 6 S/N, Segunda Fracción de Crespo, C.P. 38116, Celaya, Guanajuato, México. El aviso indica que el signo (la marca) se protegerá tal y como aparece en la solicitud, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.

En clase 1 se solicita proteger “Fertilizantes; productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura, excepto abono orgánico, lixiviado de humus de lombriz o lombricompost”. La reserva expresada indica que la protección se limita al signo en la forma en que fue presentado en la solicitud.

El edicto cita a terceros interesados para que “defender sus derechos” ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La forma de defensa mencionada es hacer valer sus derechos “ante este Registro”, según el propio texto.

El aviso menciona expresamente que, en la protección, se aplicará lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978 (protección del signo tal como aparece). También cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que según el aviso establece que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El edicto indica además que, a efectos de publicación, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

Las personas o empresas que crean tener derechos afectados por esta solicitud pueden presentar sus oposiciones o acciones ante el Registro dentro del plazo de dos meses contado desde la primera publicación del edicto.

La GacetaRegulacion
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