Solicitud de registro de marca (Nº 2026-0010611) para productos bioestimulantes — Novagreen de Centro América
La solicitud pide inscribir una marca de fábrica en la clase internacional 1 para "productos bioestimulantes a base de microorganismos para la agricultura". El solicitante reserva los colores negro, blanco y gris, y solicita que el signo se proteja tal y como aparece en la solicitud, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.
La solicitud está fechada el 26 de agosto de 2026 y fue presentada el 25 de agosto de 2026 en San José. El aviso publicado en La Gaceta indica que, para efectos de publicación, se tome en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. El Registrador(a) que firma el aviso es Isela Chango Trejos. El expediente aparece identificado como IN202601122367.
Este documento es una solicitud de registro de marca; no es una concesión ni una resolución que otorgue derechos definitivos. Afecta a cualquier tercero que considere que la inscripción solicitada afecta sus derechos: esas personas o empresas pueden actuar para “hacerlos valer ante este Registro” dentro del plazo fijado en el edicto. El objeto de la marca, tal como se declara, es identificar y distinguir en el mercado productos bioestimulantes a base de microorganismos para la agricultura, en la clase 1 internacional.
El edicto cita a terceros interesados para que ejerzan sus derechos dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto en La Gaceta. Eso significa que cualquier persona que quiera oponerse a la inscripción debe presentar su oposición ante el Registro dentro de ese plazo.
La solicitud reserva tres colores (negro, blanco, gris) y pide protección del signo tal como aparece en la solicitud. Además, el aviso reproduce una disposición del art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.
Si una persona necesita actuar (por ejemplo, presentar una oposición), deberá consultar el Registro oficial o el texto completo del procedimiento para conocer los requisitos formales y las consecuencias legales, ya que el edicto solo fija el plazo y la invitación a defender derechos.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.