Solicitud de registro de marca Nº 2026-0010026 para prendas y servicios deportivos (clases 25 y 41)
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0010026, presentada por Irene Castillo Rincón en calidad de Apoderado Especial de la sociedad 3-102-968832 Sociedad De Responsabilidad Limitada, para inscribir una Marca de Fábrica y Servicios. La publicación sirve para poner la solicitud en conocimiento público y activar los plazos procesales que la propia publicación menciona.
Se solicita la inscripción de la marca en las clases internacionales 25 y 41. En clase 25 la solicitud abarca “Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; prendas de vestir y calzado para deporte.” En clase 41 la solicitud abarca “Actividades deportivas; organización y dirección de eventos deportivos; organización de competiciones deportivas; servicios de entrenamiento deportivo; servicios de gimnasio.” El domicilio señalado en la solicitud es en San José, Santa Ana, Piedades, calle del monte, doscientos metros oeste y doscientos metros sur, muro gris, portón negro a mano izquierda, Costa Rica.
La publicación expresa una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, indicando textualmente que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además se transcribe o cita el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos en el sentido de que “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” La publicación remite también a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 para efectos de la publicación.
La Gaceta indica que se cita a terceros interesados para que, si desean defender sus derechos, los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. La fecha que aparece en la solicitud es 14 de agosto de 2026 y la presentación figura como realizada el 13 de agosto de 2026. La publicación en La Gaceta es la que inicia el plazo mencionado; la propia publicación fija ese plazo pero no describe en ese texto las formas o requisitos para ejercer la defensa de derechos, más allá de la invitación a reclamar ante el Registro.
Esta explicación se ciñe a lo que dice la publicación oficial encontrada en La Gaceta. La publicación afirma la reserva de protección “tal y como aparece en la solicitud” y cita las normas señaladas; no extrae ni asume aquí efectos adicionales distintos a los expresados textualmente en la publicación.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.