Solicitud de registro de marca (clase 16) para "papel higiénico" presentada por apoderado especial de Intervinda de Costa Rica S.A.
La Gaceta publicó la Solicitud Nº 2026-0009920, que solicita la inscripción como marca de fábrica en la clase internacional 16 para proteger y distinguir “papel higiénico”. El Registrador que firmó el edicto es Grettel Solís Fernández y el expediente figura con la referencia ( IN202601122162 ).
La solicitud indica como fecha 25 de agosto de 2026 y aparece como presentada el 11 de agosto de 2026. El edicto cita a terceros interesados para que hagan valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para efectos de publicación se señala que se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
Se registra la reivindicación del signo tal y como aparece en la solicitud; se indica expresamente, “de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Además, el edicto señala que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esa limitación se menciona literalmente en el texto publicado.
El domicilio que aparece en la solicitud es: San José, San José, avenida 10, calle 9 y 11, distrito Catedral, edificio color gris, esquinero número 7, 100 metros al sur del Banco Cathay en el Barrio Chino, Poás, Alajuela, Costa Rica. Esa es la dirección literal consignada en el edicto.
Si una persona o empresa considera que tiene derechos que se oponen a esta solicitud de marca, debe presentarlos ante el Registro dentro del plazo de dos meses contados desde la primera publicación del edicto. El edicto es el texto oficial que inicia ese plazo según la publicación en La Gaceta.
El edicto contiene la indicación respecto a la protección literal del signo (art. 18 del Reglamento) y la limitación prevista en el art. 28 de la Ley de Marcas. La evidencia proviene del aviso publicado en La Gaceta, según el documento referenciado en la Imprenta Nacional.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.