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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción de Nombre Comercial: "Restaurante Pura Gula"

La publicación en La Gaceta informa que se ha presentado una solicitud para inscribir como Nombre Comercial la denominación "Restaurante Pura Gula". La fuente del documento es La Gaceta (Imprenta Nacional) y el texto figura como Aviso de solicitud.

La solicitud pide la inscripción del Nombre Comercial para un establecimiento con giro de restaurante y cafetería, ubicado en Limón, Talamanca, Cahuita, Playa Chiquita, identificado en el texto como "restaurante Pura Gula".

La solicitud fue presentada el 11 de agosto de 2026. El número interno de trámite que aparece es IN202601121640.

El solicitante indicó "No se reservan colores", por lo que la protección pedida no incluye reserva de colores. El aviso señala que, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud". También se cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que dispone: "Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio". Esas referencias indican límites formales a la protección: la cobertura será la forma solicitada y no abarcará elementos que sean de uso corriente o necesarios en el comercio.

El aviso cita que se cita a terceros interesados para que "defender sus derechos" ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.

La publicación incluye el nombre del registrador o registradora, Kimberly Arick Alvarado, Registrador(a). La evidencia disponible en este aviso no permite concluir sobre la resolución final del trámite ni sobre trámites posteriores que puedan seguirse ante el Registro.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

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