Solicitud de registro de la marca 'Peaxol' para productos farmacéuticos (clase 5)
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0009385 presentada por María de La Cruz Villanea Villegas, en calidad de Apoderado Especial de Mega Labs S. A., para inscribir la marca Peaxol como marca de fábrica y comercio en la clase 5 Internacional. La solicitud pide proteger la marca para “Productos farmacéuticos de uso humano.” La marca se solicita tal como aparece en la solicitud y, según la reserva indicada, se aplicará lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978: el signo se protegerá en la forma exacta presentada. La solicitud fue presentada el 30 de julio de 2026 y la fecha consignada en el edicto es el 03 de agosto de 2026. La persona que figura como solicitante y representante es María de La Cruz Villanea Villegas; la empresa propietaria indicada es Mega Labs S. A., con domicilio consignado en ruta 101 Km 23.500 parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.
Se cita a terceros interesados para que, si consideran que tienen derechos que pudieran verse afectados por este registro, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. El edicto señala que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Además, la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que se cita textualmente en el edicto: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.
se trata de una petición formal para registrar la marca Peaxol en la clase de productos farmacéuticos de uso humano. El registro, si se concede, protegería la marca tal como fue presentada; no obstante, según la norma citada, no se extendería la protección a elementos de la marca que sean de uso común o necesarios en el comercio. Terceras personas que crean tener derechos opuestos pueden presentar sus reclamos ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto. La información proviene de la publicación oficial en La Gaceta (edición del 11/09/2026) y del texto del edicto publicado en la Imprenta Nacional.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.