Solicitud de inscripción como Marca de Servicios (clase 35) — Solicitud Nº 2026-0009489
Se solicita la inscripción como Marca de Servicios, bajo la referencia Solicitud Nº 2026-0009489, para proteger y distinguir servicios clasificados en la clase 35: “Servicios de agencia para importar materiales eléctricos”. La solicitud incluye una reserva del color rojo y declara que el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978.
El domicilio que aparece en la solicitud se transcribe tal cual en la evidencia: “vecino de Alajuela, San Ramón, Urbanización Otto Kopper, San Ramón, Costa Rica”.
La solicitud fue presentada el 4 de agosto de 2026 y la fecha que aparece en el documento es 5 de agosto de 2026. El edicto cita a terceros interesados para que defiendan sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para efectos de publicación se indica que se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.
La protección solicitada se refiere a la clase 35 conforme se indica en la solicitud. Además de la reserva del color rojo, el edicto especifica que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, según el artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978. El edicto también reproduce la frase del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto implica que, según la ley citada en el edicto, no se extendería la protección a esos elementos de uso común, pero el edicto no describe aquí los elementos concretos que podrían considerarse así.
La registradora que firma el edicto es Isela Chango Trejos. En la evidencia aparece también el código de expediente entre paréntesis: ( IN202601119974 ). La fuente oficial de la publicación es La Gaceta, según el aviso contenido en el diario oficial y el PDF indicado en la evidencia.
El domicilio aparece con la fórmula “vecino de Alajuela, San Ramón, Urbanización Otto Kopper, San Ramón, Costa Rica”; se informa tal cual porque así consta en la solicitud. El edicto establece plazos y citas procesales (dos meses para que terceros interesados hagan valer sus derechos a partir de la primera publicación), pero no enuncia aquí la fecha exacta de esa primera publicación dentro del texto reproducido; por tanto, el inicio del plazo de dos meses se debe contar a partir de la primera publicación real del edicto, que no se especifica en este fragmento de evidencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.