Cambios
Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Tarifas y servicios publicos

Solicitud de inscripción de marca N° 2026-0006614 para productos alimenticios y bebidas (clases 29 y 32)

La Gaceta (Imprenta Nacional) publica la solicitud de inscripción como marca de fábrica y comercio N° 2026-0006614. El solicitante aparece como María de la Cruz Villanea Villegas, actuando en calidad de apoderado especial de la empresa Riha Wesergold Getränke GMBH & CO. KG, con domicilio en Behrenstraße 44-64 31737 Rinteln Germany, Alemania. La solicitud se presentó el 2 de junio de 2026 y figura con fecha 28 de julio de 2026 en el documento publicado.

Se solicita proteger la marca en la clase 29 y en la clase 32 del sistema internacional de clasificación de productos. En la clase 29 la solicitud incluye, entre otros, fruta procesada; jaleas comestibles; confituras; compotas; extractos de fruta [zumos] para uso en elaboración de alimentos; y productos lácteos, en particular bebidas de yogur compuestas principalmente por yogur y zumos de frutas o verduras. En la clase 32 la solicitud incluye una lista amplia de bebidas y preparados para bebidas sin alcohol: bebidas no alcohólicas; aguas (minerales, gaseosas, aromatizadas); zumos y zumos gaseosos; zumos de frutas y de verduras; refrescos y concentrados para refrescos; bebidas vegetales; bebidas sin alcohol con sabor a té; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas; polvos, comprimidos y cápsulas para la elaboración de refrescos; entre otros elementos expresados textualmente en la solicitud.

La publicación indica una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978: “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además se menciona que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que contiene la frase: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

El edicto cita a terceros interesados para que, si consideran que poseen derechos que deben defender, los hagan valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La evidencia disponible muestra la publicación en La Gaceta/Imprenta Nacional (enlace con fecha 11/09/2026), y también contiene la fecha 28 de julio de 2026 como “Fecha” de la solicitud; la publicación oficial debe consultarse para confirmar la fecha exacta de la primera publicación, porque el plazo de dos meses corre desde esa publicación inicial. Si una persona pretende oponerse o hacer valer derechos, debe presentar su solicitud ante el Registro dentro de ese plazo establecido en el edicto.

El texto publicado especifica las clases y los productos para los que se solicita protección y contiene la advertencia legal citada (art. 18 Reglamento y art. 28 Ley 7978). Por lo tanto, la publicación registrada es un aviso de solicitud que abre el plazo para que terceros ejerciten derechos; no es, por sí misma, una concesión de marca ni muestra los actos posteriores del expediente.

La GacetaTarifas y servicios publicos
Respaldo oficial

Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.

Fuente oficial