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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción de marca N.º 2026-0003653 presentada por apoderado de Neolas SMQ Sociedad Anónima

Se publicó en La Gaceta el aviso de la Solicitud N.º 2026-0003653 para la inscripción como marca de fábrica y comercio. El registrador que aparece en el documento es Milena Marín Jiménez y el expediente tiene el código (IN202601117290).

La marca se solicita en la clase internacional 3. En la propia solicitud se indica: “en clase 3: Jabones, belleza, cremas cosméticas, cosméticas.” Es decir, la protección pedida se refiere a productos agrupados en la clase 3, relacionados con jabones y productos cosméticos, según la descripción incluida en el aviso.

La solicitud contiene una reserva de colores y expresa: “De los colores: celeste, amarillo, rojo, negro, azul, anaranjado.” Además, cita el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 para indicar que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Eso significa que la protección solicitada está supeditada a la representación gráfica presentada en la solicitud; la protección no se extiende fuera de esa representación tal como aparece.

El edicto reproduce el texto del artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.” El aviso no afirma decisiones adicionales sobre aplicabilidad práctica; solo incorpora ese párrafo legal como límite general que se aplica al caso.

El documento cita que se convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Es decir, desde la primera publicación en La Gaceta hay un plazo de dos meses para presentar oposiciones o reclamos ante el Registro, según lo indicado en el aviso.

La solicitud aparece con fecha 6 de abril de 2026 y se indica que fue presentada el 27 de marzo de 2026. El edicto menciona que, a efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

El aviso es la publicación de una solicitud; no es una concesión ni una resolución final del Registro.

La GacetaRegulacion
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