Solicitud de registro de marca “FACTUAL” (Solicitud N.º 2026-0007648)
La Gaceta publica la Solicitud N.º 2026-0007648, presentada por Marianella Arias Chacón, en calidad de Apoderado Especial de Caramé Holding AG (domicilio: AM Limespark 2, 65843 Sulzbach, Alemania), para inscribir la marca FACTUAL como marca de fábrica y comercio en la clase internacional 3. La publicación corresponde a una solicitud; no es una concesión definitiva de registro, sino la puesta en conocimiento público de la petición ante el Registro.
Se pide protección para el signo FACTUAL “tal y como aparece en la solicitud”, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. La solicitud reclamó prioridad ante EUIPO con el número 019298758 y fecha 02/01/2026.
La solicitud lista expresamente los productos en la clase 3 que se pretende proteger: cosméticos; cosméticos de color; cremas desmaquillantes; lociones desmaquillantes; leche limpiadora para uso de tocador; tónicos [cosméticos]; sueros para uso cosmético; cremas faciales para uso cosmético; cremas no medicadas para los ojos; geles de ducha; mascarillas faciales; mascarillas de tela para uso cosmético; discos impregnados con preparaciones cosméticas para los ojos; lociones corporales; crema corporal; exfoliantes faciales; exfoliantes corporales; antitranspirantes no medicados; bálsamos labiales no medicados; preparaciones para el cuidado de las uñas; base para esmalte de uñas; fortalecedores de uñas; cremas de manos; jabones cosméticos; limpiadores de la piel; champús; tintes para el cabello; tintes para el cabello (repetido en el original); preparaciones para fijar el cabello; lociones para el cabello; preparaciones y tratamientos para el cabello; preparaciones para el cuidado de los dientes; perfumería; perfumes; eau de toilette (agua de tocador); eau de parfum (perfume).
La solicitud indica Fecha: 24 de junio de 2026 y fue presentada el: 23 de junio de 2026. La publicación en La Gaceta está fechada el 24 de junio de 2026. El Registrador que firma el edicto es Wálter Alfaro González y el número interno consignado es (IN202601116994).
Se cita a terceros interesados a defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto.
El edicto indica que la protección se otorgará “tal y como aparece en la solicitud” según el artículo 18 del Reglamento de la Ley 7978. Además menciona que esta solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos; ese artículo, tal como cita el documento, establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. El texto del edicto incluye esa cita textual, por lo que la exclusión señalada aplica como límite de protección si corresponde.
Para efectos de publicación se solicita tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978 (el edicto lo menciona, pero no reproduce su contenido). Prioridad: se afirma la prioridad otorgada por EUIPO con la fecha y número ya citados.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.