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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción de Marca de Servicios N.° 2026-0008742 presentada por Diveimport S. A.

Se publica la Solicitud N.º 2026-0008742, presentada por Monserrat Alfaro Solano en calidad de Apoderado Especial de Diveimport S. A., con domicilio declarado en Nicolás Arriola 500, La Victoria, Lima, Perú. La solicitud pide la inscripción de un signo como Marca de Servicios en las clases internacionales 35 y 39. La información se publicó en La Gaceta (Imprenta Nacional) y la fecha consignada en el documento es 6 de agosto de 2026; la solicitud fue presentada el 16 de julio de 2026.

Para la clase 35 la solicitud lista, entre otros, los siguientes servicios: consultoría de negocios y consultoría empresarial en el ámbito de la gestión de flotas de vehículos para terceros; organización empresarial y administración de flotas de transporte; suministro de información sobre negocios en línea en el ámbito de la gestión de flotas de vehículos; registro de vehículos y transferencia de títulos de vehículos; gestión de bases de datos; servicios que consisten en el registro, recopilación, transcripción y sistematización de comunicaciones escritas y datos; sistematización de datos en bases de datos informáticas; y servicios de consultoría e información respecto de los servicios mencionados.

Para la clase 39 la solicitud lista, entre otros, alquiler y transporte de vehículos; alquiler de remolques de automóviles; alquiler de plazas de estacionamiento y de garajes para vehículos; servicios de chofer; servicios de remolque de vehículos; servicios de seguimiento, localización y supervisión de vehículos; seguimiento de vehículos de transporte por ordenador; seguimiento de flotas de automóviles mediante dispositivos electrónicos de navegación y localización; seguimiento y supervisión de vehículos en el ámbito de la gestión de flotas de vehículos; y servicios de consultoría e información respecto de los servicios mencionados.

La solicitud incluye una reserva sobre la forma de protección del signo: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El documento también cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

Se cita a terceros interesados a fin de que, si desean defender sus derechos, lo hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Para efectos de publicación se señala lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. La publicación oficial aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional); el documento disponible en la Gaceta es la evidencia citada.

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