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Publicación oficial detectada11 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de la marca VOLTRX para aparatos eléctricos de cocina y bebidas (Solicitud N° 2026-0008386)

La Gaceta publica la solicitud N° 2026-0008386, presentada por María De La Cruz Villanea Villegas en calidad de Apoderado Especial de Wei Guoxin, para inscribir VOLTRX como marca de fábrica y comercio en la clase 7 (clasificación internacional). El solicitante consignó domicilio en Room 110, N° 88 Shangchuan West Road, Baoan District, Shenzhen, Guangdong 518000 China. La solicitud fue presentada el 8 de julio de 2026 y la fecha que figura en el documento es 12 de agosto de 2026.

Máquinas para gasificar bebidas; Aparatos electromecánicos para preparar bebidas; Licuadoras eléctricas; Procesadores de alimentos eléctricos; Batidoras eléctricas manuales de uso doméstico; Extractores de zumo eléctricos; Batidoras de cocina eléctricas. El edicto incluye una reserva sobre el alcance de la protección: “De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” Esto significa que la protección buscada se limita a la forma en que el signo (VOLTRX) fue presentado en la solicitud, tal como lo exige ese reglamento.

El aviso cita expresamente el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos al indicar que cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio. En la publicación se convoca a terceros interesados: quienes consideren que la solicitud afecta sus derechos pueden hacerlos valer ante el Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.

El Registrador que firma la publicación es Richard Valerín Castro y el documento aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional). La referencia interna del aviso es ( IN202601121359 ).

afecta al solicitante (quien pide el registro de VOLTRX) y a terceros que crean tener derechos anteriores o que se verían afectados por el registro. Esos terceros pueden presentar su oposición o defender sus derechos ante el Registro dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto.

La GacetaRegulacion
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