Solicitud de inscripción de marca N° 2026-0007712 (Clase 25: prendas y calzado)
La solicitud pretende proteger y distinguir productos en la clase 25: prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería; ropa de deporte; zapatillas deportivas; prendas de vestir de deporte; gorras y sombreros deportivos; y artículos de sombrerería de deporte que no sean cascos.
La solicitud fue presentada el 24 de junio de 2026 y la publicación cita la fecha 11 de agosto de 2026. El aviso indica que, según el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (Ley 7978), “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección se limita a la reproducción del signo en la forma presentada en la solicitud.
También se invoca el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos; en la propia publicación se transcribe la frase pertinente de ese artículo: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. Esto señala una limitación: si la marca incluye elementos que son de uso común o necesarios en el comercio, esos elementos no quedarán protegidos por la marca.
quienes crean tener derechos que se afecten por esta solicitud pueden acudir a este Registro para hacer valer esos derechos dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación se realizó en La Gaceta (Imprenta Nacional); la evidencia oficial está disponible en la dirección indicada en el documento publicado.
la protección solicitada se refiere exclusivamente a los productos listados en la clase 25 y al signo tal como aparece en la solicitud (según art. 18 del Reglamento). Además, la protección no alcanza los elementos de etiqueta o compuestos que sean de uso común o necesarios en el comercio (según art. 28, citado textualmente). Plazo procesal relevante: plazo de dos meses para que terceros interesados presenten oposiciones o defiendan sus derechos ante el Registro, contado desde la primera publicación del edicto.
La evidencia citada es el aviso publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.