REGLAMENTO DEL COMITÉ DE LA PERSONA JOVEN DE CERVANTES
El objeto del presente reglamento es regular la conformación, organización y funcionamiento del Comité de la Persona Joven de Cervantes (en adelante “Comité”), de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de la Persona Joven N.º 8261 y su reglamento, así como en la normativa nacional e internacional aplicable en materia de juventudes. El presente reglamento será de acatamiento obligatorio para: a) Las personas integrantes del Comité de la Persona Joven. B) El Concejo Municipal de Distrito y la Administración Municipal.
La GacetaSalud
Respaldo oficial
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