Solicitud notarial para incluir un correo electrónico para notificaciones de la sociedad TRES – CIENTO DOS – SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO, S.R.L.
La evidencia es un aviso publicado en La Gaceta que reproduce un acto notarial. Ante la notaria pública Alejandra Brenes San Gil se registró, por escritura otorgada a las ocho horas del cuatro de junio de dos mil veintiséis, la solicitud de incluir un correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas a nombre de la sociedad TRES – CIENTO DOS – SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica tres – ciento dos – seiscientos setenta y ocho mil ochocientos treinta y uno. El aviso indica además la referencia temporal San José, veintidós de junio del dos mil veintiséis y aparece publicado en La Gaceta (Imprenta Nacional).
Lo que decide o registra la publicación en La Gaceta, según la evidencia, es la existencia de la escritura notarial en la que la sociedad solicitó la inclusión de un correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas.
la evidencia nombra únicamente a la sociedad indicada por su razón social y su cédula jurídica; el documento prueba la solicitud hecha ante notario por esa sociedad en la fecha señalada.
El texto notarial citado en la publicación informa solo que se solicitó la inclusión del correo por escritura otorgada el 4 de junio de 2026; la publicación en La Gaceta lleva la fecha San José, 22 de junio del dos mil veintiséis.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.