Solicitud notarial para incorporar un correo electrónico al domicilio social de ALFARO Y SOTO SOCIEDAD ANONIMA
El documento publica que, ante una notaría, se presentó una solicitud para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad ALFARO Y SOTO SOCIEDAD ANONIMA, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La publicación procede de La Gaceta (ver fuente oficial abajo).
El texto registra la presentación de una solicitud ante la Notaría Pública de la Licda. María Margoth Castro Salazar mediante escritura número doscientos sesenta y uno.
La solicitud fue presentada por el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad ALFARO Y SOTO SOCIEDAD ANONIMA. La sociedad aparece identificada con la cédula jurídica número tres –ciento uno-uno cero seis cero cero uno. El texto no da el nombre propio del apoderado; solo su título de representación.
La escritura se describe como visible al folio ciento treinta y cuatro frente, del tomo uno. La presentación ante la notaría quedó registrada a las nueve horas y cuarenta minutos del día veintidós del mes de junio del año dos mil veintiséis. Más adelante el texto repite un registro de la Ciudad de Alajuela “a las a las nueve horas y cincuenta minutos del día veintidós del mes de junio del año dos mil veintiséis.” Ese segundo segmento contiene una repetición de la frase (“a las a las”) que está en la fuente; la evidencia no permite precisar si se trata de una corrección, un error de transcripción o un registro distinto. La notaria que firma el acta es la Licda. María Margoth Castro Salazar.
El documento acredita únicamente que la sociedad presentó una solicitud notarial para incorporar un correo electrónico en su domicilio social y que ese hecho fue registrado en una escritura notarial con la identificación y las fechas indicadas. Cualquier conclusión sobre la aprobación, la inscripción o el uso efectivo de ese correo electrónico exigiría documentos adicionales que no están en esta evidencia.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.