Reforma de la cláusula de domicilio para incluir una cuenta de correo electrónico en tres sociedades
La publicación registra que, mediante la escritura número doscientos cuarenta otorgada ante el Notario Público Juan Daniel Acosta Gurdián a las doce horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se hizo una reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo para incluir una cuenta de correo electrónico. El cambio se realizó en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La nota aparece con fecha San José veintitrés de junio del dos mil veintiséis y fue inscrita como aviso en La Gaceta (Imprenta Nacional).
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