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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud para incorporar un correo electrónico presentada por la sociedad T GUELA DE SAN PABLO SOCIEDAD ANONIMA

Ante una notaría se presentó una solicitud de la sociedad T GUELA DE SAN PABLO SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula jurídica señalada en el aviso, para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. El texto publicado indica que la solicitud se publicó una única vez. El aviso fue firmado por la notaria LIC MARIANA SALAZAR VARGAS y fechado en Heredia a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del veintidós de abril del año dos mil veintiséis.

Afecta a la persona jurídica mencionada: “T GUELA DE SAN PABLO SOCIEDAD ANONIMA” con la cédula jurídica tal como aparece en el aviso: “tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil doscientos treinta”. El acto registrado es la presentación, ante una notaría, de una solicitud para incorporar un correo electrónico en los registros o trámites que corresponda, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. El aviso no dice que la incorporación ya se haya inscrito en algún registro público ni que la notaría haya completado la modificación; solo registra la presentación de la solicitud y su publicación por una sola vez.

El aviso indica explícitamente “Publíquese una única vez.” No especifica cuál es el correo electrónico que se pretende incorporar, ni detalla si la solicitud fue aprobada, rechazada o si requiere trámites posteriores. Dado esto, no puede afirmarse, con base únicamente en este documento, que el correo electrónico haya quedado incorporado oficialmente; solo puede afirmarse que la solicitud fue presentada y publicada una vez ante la notaría.

La GacetaRegulacion
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