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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Municipalidades

reforma el artículo 5 del Reglamento de Sesiones y Operación del Concejo Municipal de Desamparados para que se lea de la siguiente forma

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS “La Municipalidad de Desamparados comunica que, al no presentarse objeciones ni observaciones a las reformas y adiciones al “Reglamento de Sesiones y Operación del Concejo Municipal de Desamparados”, publicado inicialmente mediante La Gaceta no. 2146 de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, que entre a regir a partir de la presente publicación: REFORMAS Y ADICIONES AL REGLAMENTO DE SESIONES Y OPERACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DESAMPARADOS 1º—Se reforma el artículo 5 del Reglamento de Sesiones y Operación del Concejo Municipal de Desamparados para que se lea de la siguiente forma. Artículo 5º—En caso de que se requiera realizar más sesiones extraordinarias, las mismas no serán pagadas, el Concejo, a solicitud de tres cuartas partes de los regidores propietarios o vía moción presentada por una o varias regidurías propietarias y aprobada por acuerdo de mayoría absoluta, podrá convocar a sesiones extraordinarias no pagas y se podrán realizar la cantidad de sesiones extraordinarias no pagas que así acuerde el Concejo, sin que exista un máximo de sesiones extraordinarias por realizar.

La GacetaMunicipalidades
Respaldo oficial

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