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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Autorización para que funcionario firme certificaciones y constancias del Departamento Civil del Registro Civil (TSE, acuerdo N° 8-2026)

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) acordó autorizar a un funcionario de la Dirección General del Registro Civil para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil. Esta autorización quedó registrada en el acuerdo N° 8-2026 publicado en el Diario Oficial.

La autorización se otorga a Martín Alonso Mathison Hernández, identificado en el acuerdo como “portador de la cédula de identidad número uno cero seiscientos veinte cero ciento ochenta y tres”, quien desempeña el cargo de Encargado de Área Administrativa de la Dirección General del Registro Civil.

El acuerdo dispone que la firma de certificaciones y constancias por parte de Martín Alonso Mathison Hernández podrá efectuarse “a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.” En el texto del acuerdo la firma del documento consta en San José “a las nueve horas del diecisiete de agosto de dos mil veintiséis.”

El acuerdo autoriza específicamente la firma de “certificaciones y constancias del Departamento Civil.” El texto no añade más precisiones sobre tipos concretos de certificaciones o constancias, ni describe límites temporales, territorialidad adicional, requisitos prácticos ni condiciones para ejercer la autorización. Por tanto, con la evidencia disponible solo puede afirmarse que la autorización alcanza lo que el acuerdo nombra: certificaciones y constancias del Departamento Civil. Cualquier detalle adicional sobre el alcance, modalidades, duración o restricciones no consta en el texto suministrado.

El acuerdo cita la norma que autoriza la medida (el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil) y referencia la sesión ordinaria N° 69-2026 celebrada el 13 de agosto de 2026 como antecedente. Cuando un fragmento faltara o resultara insuficiente en el documento oficial, esta explicación lo señala y se limita a los hechos que sí están claros en la evidencia.

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