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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de inscripción como marca de servicios (Clase 42) presentada ante el Registro — Laura María Reynolds Westober por Mariana Salazar Reynolds

El documento es un aviso de solicitud (petición) para inscribir una marca de servicios en la Clase 42. No es la concesión de la marca; el texto registra que se solicita la inscripción y comunica datos y condiciones relacionados con esa petición.

El domicilio declarado es: Curridabat, “de La Iglesia de La Lía, 500 metros este y cien metros sur. Condominio Villas de Boulevard, Curridabat, Costa Rica”.

Se pide la inscripción como marca de servicios en la Clase 42 (Clasificación Internacional). Los servicios que se enumeran en la solicitud, tal como aparecen en el texto, son: Plataformas de software como servicio (SaaS); Alquiler de software informático; Diseño y desarrollo de páginas web; Programación de software para la gestión de consultas de nutrición y salud; Alojamiento de plataformas web en línea. Además, la solicitante hace reserva del color verde para el signo.

El aviso cita expresamente el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos Nº 7978, indicando que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud.” El aviso también remite al artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, y reproduce la disposición: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

En el texto consta la fecha “19 de agosto de 2026” y que la solicitud fue presentada el 07 de agosto de 2026. El aviso indica que se cita a terceros interesados para que, en defensa de sus derechos, actúen ante este Registro dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. El documento señala que para la publicación debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.

El edicto comunica la existencia de una solicitud y las condiciones de protección que la solicitante reclama (protección del signo tal como aparece y reserva del color verde), y convoca a terceros a defender sus derechos en el plazo indicado.

La GacetaRegulacion
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