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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de marca N° 2026-0009619 para productos de cuidado íntimo y ropa interior femenina

La Gaceta publicó una solicitud de inscripción como marca de comercio identificada como Solicitud N° 2026-0009619. La solicitud fue presentada el 5 de agosto de 2026 y fechada el 19 de agosto de 2026. Esta publicación cita la solicitud para la inscripción en el Registro de Marcas; no es, en sí misma, una inscripción definitiva sino la publicación de la solicitud para que terceros puedan oponerse según el procedimiento indicado en la ley.

Se solicita protección de la marca en las clases internacionales 5 y 25. En la clase 5 se pide proteger: “Ungüentos para el cuidado, protección y reparación de la zona íntima femenina; preparaciones farmacéuticas de uso tópico para la protección y cuidado de la zona íntima femenina.” En la clase 25 se pide proteger: “Ropa interior femenina; lencería; calzones; sostenes; prendas moldeadoras; camisetas interiores; prendas íntimas para mujer.”

La publicación indica que, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, lo que limita la protección al signo exactamente según se presentó. Además la publicación cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos al indicar que cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.

La solicitud expresa “Reservas: No hay reservas.” La publicación cita que terceros interesados pueden defender sus derechos y hacer valer oposiciones ante el Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. La publicación señala que, para efectos de publicación, se tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.

El documento publicado es un edicto de solicitud de registro; no afirma que la marca ya esté inscrita ni que la protección sea definitiva. La publicación convoca a terceros interesados a oponerse en el plazo indicado. Cualquier resultado posterior (admisión, rechazo o registro definitivo) no está contenido en este texto y no puede deducirse de la sola publicación.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

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