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Publicación oficial detectada14 de septiembre de 2026Regulacion

Solicitud de registro de la marca "ALEN" en clases 3 y 5 por Industrias Alen, S.A. de C.V.

Se publicó en La Gaceta la Solicitud Nº 2026-0010245, mediante la cual Paola Castro Montealegre, en calidad de Apoderado Especial de Industrias Alen, S.A. de C.V., solicita inscribir el signo ALEN como Marca de Fábrica y Comercio en las clases internacionales 3 y 5. Esta publicación es un edicto de solicitud; no constituye concesión ni registro definitivo de la marca.

Se solicita protección del signo ALEN para distinguir productos incluidos en: clase 3 (productos de limpieza y cuidado personal y del hogar), entre ellos: suavizantes para la ropa; detergente liquido; detergentes para lavar los platos; detergentes para uso doméstico; jabones detergentes; toallitas prehumedecidas impregnadas con detergente para lavavajillas; preparaciones blanqueadoras para uso doméstico; productos blanqueadores [lavandería]; productos blanqueadores para lavar la ropa; aceites de pino para la limpieza de suelos; limpiador quitamanchas; productos de limpieza de ventanas en forma de pulverizador; preparaciones para la limpieza de suelos; y productos de limpieza. En clase 5 se incluyen: desinfectantes higiénicos; desinfectantes para uso doméstico; productos de lavado (desinfectantes) [distintos del jabón]; y jabones desinfectantes.

La solicitud aparece fechada el 19 de agosto de 2026 y fue presentada el 18 de agosto de 2026. El edicto señala la fecha de citación a terceros también como 19 de agosto de 2026.

Se cita a terceros interesados a defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados desde la primera publicación de este edicto. Es decir, quienes consideren que la solicitud les afecta disponen de ese plazo para presentar las acciones o oposiciones administrativas que correspondan ante el Registro de Marcas.

La solicitud incluye una reserva conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que dispone que “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”. Además, el documento indica que se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que establece: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.

La publicación sirve para poner en conocimiento público la petición de registro y abrir el plazo de oposición. No implica que la marca esté concedida ni que los productos señalados queden automáticamente protegidos. La reserva por el art. 18 significa que, según la solicitud, la protección solicitada es la representación tal cual fue presentada; el artículo 28 citado indica una limitación legal: si la marca incluye elementos que sean de uso común o necesarios en el comercio, esos elementos no recibirían protección por el registro.

El edicto está firmado por Ivonne Mora Ortega, Registradora, y el expediente aparece con la identificación IN202601118101.

Con el texto disponible se puede describir la solicitud, sus clases, las reservas y el plazo para terceros.

La GacetaRegulacion
Respaldo oficial

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