Solicitud de registro de la marca CAMPO VIEJO para vinos (Clase 33)
La Gaceta publica la Solicitud Nº 2026-0009012, en la que se pide inscribir la marca CAMPO VIEJO como Marca de Fábrica y Comercio en la clase internacional 33, que corresponde a “Vinos”. El documento es una solicitud de registro; no es la concesión definitiva de la marca.
La petición fue presentada por MarcoAntonio López Volio, en su calidad de Apoderado Especial de Vinarchy Spain, S.A.U., con domicilio declarado en Paseo Mikeletegi, número 71, 20.009, San Sebastián, Gipuzkoa, España. La solicitud fue presentada el 22 de julio de 2026 y la fecha que aparece en el documento es 24 de julio de 2026.
El solicitante pide que el signo “CAMPO VIEJO” se proteja tal y como aparece en la solicitud, específicamente para vinos (clase 33). El edicto incluye una reserva, conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978, que establece que el signo se protegerá en la forma solicitada.
La publicación cita expresamente a terceros interesados para que, si creen que sus derechos se ven afectados, los hagan valer ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación del edicto. Para la publicación se menciona que se tuvo en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. También se señala que la solicitud se rige por el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, que indica: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.
En este momento hay una petición formal para registrar CAMPO VIEJO como marca para vinos en Costa Rica. La publicación es un aviso para que cualquier tercero con un interés o derecho anterior pueda presentar oposición dentro del plazo de dos meses desde la primera publicación. La solicitud será tramitada conforme a las normas citadas; la publicación por sí sola no constituye una inscripción final ni prueba de exclusividad hasta que el Registro resuelva sobre la solicitud.
Esta publicación o cambio se presenta como lectura ciudadana de información oficial. La fuente original conserva prioridad sobre cualquier explicación.